El Tribunal Electoral del Estado (TEE) anuló ayer la elección para la Alcaldía de Bustamante, tras invalidar la votación en la casilla 171 Básica. Esta casilla, donde el director de Ecología, Parques y Jardines del municipio fungió como tercer escrutador, representa el 20 por ciento de las casillas instaladas en Bustamante el 2 de junio.
La elección había favorecido a Mario Alfonso Reséndez, candidato de la coalición PAN-PRI-PRD, quien se reeligió. Jorge Santos Gutiérrez, de Movimiento Ciudadano, quedó en segundo lugar.
Inicialmente, el magistrado presidente Jesús Eduardo Bautista propuso confirmar la validez de la elección y las constancias expedidas a Reséndez y su planilla. Sin embargo, la magistrada Claudia Patricia de la Garza Ramos votó en contra, argumentando que en otros casos similares se anularon casillas porque la votación fue recibida por personas no autorizadas.
“En dos diversos procedimientos, bajo escenarios similares, se propone nulificar la votación recibida en las casillas, pero en el caso de Bustamante se propone confirmar la votación. En consecuencia, al considerar que la votación debe ser anulada y al representar esta casilla el 20 por ciento de las instaladas, iría con la propuesta de que se nulifique la elección en Bustamante”.
El secretario en funciones de magistrado, Fernando Galindo, apoyó la postura de De la Garza Ramos, lo que resultó en la anulación de la casilla y la elección. La sentencia ordena al Instituto Estatal Electoral convocar a una elección extraordinaria y al Congreso definir un Concejo Municipal que opere hasta la realización de los nuevos comicios.
El fallo del TEE puede ser apelado ante la Sala Regional Monterrey del Tribunal Federal Electoral (Trife).
En la misma sesión, el TEE anuló diversas casillas de la elección de Ayuntamiento en Escobedo, Cadereyta, Sabinas, Zuazua y General Terán, pero confirmó la validez de la elección. También se validaron los resultados en los distritos locales 15, 16, 17, 19, 22, 23, 25 y 26 para Diputados.
Galindo argumentó que para anular la elección de Bustamante, además de la anulación del 20 por ciento de los votos, debe haber determinancia, lo que no ocurre en este caso. Citó como ejemplo el juicio 158/2018 sobre la elección del Ayuntamiento de Mina, donde se anuló el 25 por ciento de la votación, pero el resultado se sostuvo.
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