La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las políticas de compra publicadas en sitios web no implican la aceptación automática de los consumidores. Este fallo revoca una sentencia previa y ordena al Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito reconsiderar el caso.
Según la resolución, los proveedores deben garantizar que los consumidores comprendan plenamente las condiciones del servicio antes de aceptar un contrato de adhesión. La SCJN enfatizó que la publicación de términos en una página web no cumple con esta obligación.
El caso se originó cuando Jesús Manuel Soledad Terrazas adquirió boletos en línea, pero se le negó la entrega debido a un requisito de pago adicional no informado previamente. Terrazas solicitó la rescisión del contrato, reembolso y compensación por daños morales y punitivos.
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