La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitió una contundente advertencia a establecimientos comerciales como bares, restaurantes, cafeterías y hoteles en todo el país, recordando que la imposición automática de la propina en la cuenta o la exigencia condicionada de este rubro constituye una práctica abusiva sancionable con multas económicas que pueden superar los 3 millones de pesos. La medida regulatoria busca blindar los derechos de los usuarios yerradicar cobros indebidos bajo el amparo de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
De acuerdo con el marco normativo vigente, la propina se define estrictamente como una gratificación de carácter voluntario y discrecional por parte del cliente en reconocimiento al servicio recibido, por lo que bajo ninguna circunstancia puede ser predeterminada, cargada automáticamente en el ticket bajo el concepto de “servicio” ni exigida como requisito para liberar la mesa o salir del establecimiento. Las autoridades han ratificado que las unidades económicas están obligadas a exhibir tarifas totales con impuestos incluidos y a cobrar exclusivamente los montos expresamente autorizados por los comensales.
El régimen de sanciones administrativas administrado por la Profeco contempla penalizaciones progresivas determinadas según la severidad de la infracción, la reincidencia del negocio y el impacto sobre la comunidad de consumidores. En los escenarios calificados como graves, las multas económicas van desde los miles de pesos hasta rebasar los 3 millones de pesos, rango respaldado por las actualizaciones a los tabuladores de la ley sancionadora, existiendo además la facultad institucional para ordenar la suspensión temporal de actividades o la clausura del local en casos de reincidencia persistente.
Ante la detección de cobros no autorizados, el organismo regulador instó a los usuarios a solicitar inmediatamente la corrección de la cuenta antes de efectuar el pago y a reportar cualquier irregularidad formalmente. Para proceder con una denuncia formal, las personas consumidoras pueden enviar su comprobante de consumo y la dirección del establecimiento a través de los canales del Teléfono del Consumidor o el correo electrónico institucional, garantizando la intervención de brigadas de verificación para aplicar las medidas disciplinarias correspondientes.







